A partir del 12 de mayo las empresas tendrán que registrar diariamente la jornada de sus trabajadores, tras aprobar el Gobierno un decreto que modifica el Estatuto de los Trabajadores. En concreto, el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), obliga a las empresas a realizar un registro diario del horario de sus trabajadores, que deberá incluir el inicio y finalización de la jornada, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.
Este registro se organizará y documentará mediante la negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, por decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores. La empresa estará obligada a conservar los registros de jornada de sus trabajadores durante cuatro años y deberán permanecer a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Para más información consulte el Real Decreto-ley 8/2019.