Medidas para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

Como bien sabrá, se están adoptando nuevas medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Es por ello, que creemos necesario compartir todas estas novedades con vosotros y así poder facilitar la transmisión de información en estos momentos tan críticos que todos estamos pasando.

  • Plazo formulación de cuentas: estableciendo que el plazo de tres meses para formular las cuentas anuales y demás documentos legalmente obligatorios comenzará a contarse desde el 1 de junio y no desde la finalización del estado de alarma , por lo que el plazo máximo de formulación de las cuentas anuales de una entidad cuyo ejercicio terminó el 31 de diciembre de 2019 será el 1 de septiembre de 2020.
  • Plazo aprobación de cuentas: se reduce de tres a dos meses el plazo para aprobar las cuentas anuales desde la formulación, con lo que las empresas dispondrán antes de unas cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil y se armoniza dicho plazo para todas las sociedades, sean o no cotizadas, en modo tal que todas deberán tener las cuentas aprobadas dentro de los diez primeros meses del ejercicio. Con lo que, agotando los plazos, entidades con ejercicio coincidente con el año podrían aprobar sus cuentas anuales hasta el 1 de noviembre.
  • Plazo para legalización de libros obligatorios: la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública interpretaba, en contestación a una consulta realizada, que en los casos de sociedades que a 14 de marzo no hubiera finalizado el plazo de formulación de sus cuentas anuales, podrían presentar a legalizar sus libros obligatorios dentro de los 4 meses siguientes a la finalización del período de alarma. Ahora, tras la modificación del artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020, entendemos que, con los mismos argumentos de la Dirección General y siendo prudentes, podríamos entender que el plazo para legalizar los libros será de 4 meses a contar desde el 1 de junio, por lo que finalizaría el 1 de octubre.

Para más información visite BOE 27 de Mayo.

Novedades Tributarias Gipuzkoa

Como bien sabrá, se están adoptando nuevas medidas en el ámbito Tributario. Es por ello, que creemos necesario compartir todas estas novedades con vosotros y así poder facilitar la transmisión de información en estos momentos tan críticos que todos estamos pasando.

Para más información visite BOG 07/05/2020.

Novedades Tributarias Bizkaia

Como bien sabrá, se están adoptando nuevas medidas en el ámbito Tributario. Es por ello, que creemos necesario compartir todas estas novedades con vosotros y así poder facilitar la transmisión de información en estos momentos tan críticos que todos estamos pasando.

Para más información visite el BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA.

Impuesto sobre Sociedades Hacienda de Gipuzkoa

Dada la situación excepcional creada por el COVID19, en relación a la campaña del Impuesto de Sociedades del ejercicio 2019, Hacienda Foral de Gipuzkoa prevé establecer diferentes períodos para las entidades obligadas a presentar dicho impuesto:

  • Para las micro, pequeñas y medianas empresas del artículo 13 de la Norma Foral 2/2014 del Impuesto sobre Sociedades (NFIS), entidades parcialmente exentas reguladas en el artículo 12.2 de la NFIS, entidades acogidas a la Norma Foral 3/2004 de incentivos fiscales al mecenazgo y las sociedades patrimoniales del artículo 14 de la NFIS,  se establece un plazo de presentación desde el 1 al 25 de septiembre de 2020, siendo el plazo para el ingreso el 28 de septiembre de 2020. Todo ello sin perjuicio de que estas entidades puedan optar por presentar su declaración en el plazo que se indica en el punto siguiente, en cuyo caso la fecha para el ingreso será el 28 de julio.
  • Para el resto de entidades no comprendidas en el punto anterior, no se modifica ni el plazo de presentación ni el pago del mismo. Es decir, plazo de presentación desde el 1 hasta el 27 de julio de 2020, y plazo de ingreso, en su caso, 28 de julio de 2020.

Actualización Diamacon- Versión 27.0.1.0

  • Depósito de Cuentas y Memoria del Ejercicio 2019: Disponible la generación del Depósito de Cuentas Anuales del Ejercicio 2019 incorporando las modificaciones conforme al programa del Registro Mercantil.
  • Adaptación de Informe de Evolución de Resultado al Office 2010.
  • Nuevos datos en los Libro Registro de IVA e IRPF Formato AEAT: Se implementan los datos de actividad en los Libros Registro de IVA e IRPF Formato AEAT según las nuevas especificaciones de la AEAT.

Novedades: Legalización de Libros

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Como bien sabrá, se están adoptando nuevas medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Es por ello, que creemos necesario compartir todas estas novedades con vosotros y así poder facilitar la transmisión de información en estos momentos tan críticos que todos estamos pasando.

Plazo de presentación de los libros obligatorios para empresarios ante el Registro Mercantil:

  • Las sociedades para las que, a fecha 14 de marzo de 2020, no había finalizado el plazo para formular sus cuentas anuales y a las que es de aplicación el artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (sociedades que constituyen la inmensa mayoría), podrán presentar a legalizar sus libros obligatorios dentro del plazo de cuatro meses a contar desde la fecha en que finalice el periodo de alarma.
  • Todo lo anterior sin perjuicio de que las sociedades que efectivamente deseen legalizar los libros obligatorios que tengan debidamente elaborados lo puedan hacer en cualquier tiempo, aún en vigor el estado de alarma.